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canonical_url: "https://elsolnoticias.com/contenido/3269/figuras-de-proteccion-de-la-naturaleza-en-canarias"
title: "Figuras de protección de la naturaleza en Canarias."
article_type: "OpinionNewsArticle"
description: "La superficie que ocupan los diferentes espacios naturales españoles que poseen algún grado de protección, a fecha de finales de diciembre de 2024, supone un 16,70% del territorio nacional. Este número esconde algunas importantes diferencias, como es el caso de Canarias, que duplica el porcentaje nacional, llegando al 40,57% de su superficie, principalmente debido a las significativas particularidades de cada isla."
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date_published: "2026-04-23T09:40:00+02:00"
date_modified: "2026-04-22T12:02:09+02:00"
tags:
  - "Ecología"
  - "Naturaleza"
  - "Protección"
  - "Reservas Naturales"
author_name: "José Ramón Colón Carvajal."
category_name: "Opinión"
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# Figuras de protección de la naturaleza en Canarias.

![Captura desde 2026-04-21 21-46-16](/download/multimedia.normal.9e3343a7561b326c.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

Imagen: Jose Mesa (Mataparda on Flickr) https://www.flickr.com/people/liferfe/ - https://www.flickr.com/photos/liferfe/8429137812/ Montaña de Tindaya, vista desde la Montaña de La Muda, Fuerteventura, Canarias, España. [CC BY 2.0](https://creativecommons.org/licenses/by/2.0) fuente Wikipedia

Siguiendo la normativa estatal ,(Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad), se definen como Espacios Naturales Protegidos, aquellos espacios del territorio nacional, incluidas las aguas continentales y el medio marino, junto con la zona económica exclusiva y la plataforma continental, que cumplan al menos uno de los siguientes requisitos y sean declarados como tales: a) Contener sistemas o elementos naturales representativos, singulares, frágiles, amenazados o de especial interés ecológico, científico, paisajístico, geológico o educativo. b) Estar dedicados especialmente a la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica, de la geodiversidad y de los recursos naturales y culturales asociados. La legislación estatal prevé cinco figuras de protección: 1) Parques: áreas naturales que, por diversas causas, poseen unos valores ecológicos, estéticos, científicos y educativos, que merecen una atención preferente. 2) Reservas Naturales: espacios naturales creados con el objetivo de proteger áreas concretas debido a su fragilidad, rareza o singularidad. 3) Áreas Marinas Protegidas: su especificidad radica en la protección de un espacio natural situado en el medio marino. 4) Monumentos Naturales: elementos o espacios de la naturaleza, mayoritariamente constituidos por formaciones singulares. 5) Paisajes Protegidos: partes de un territorio cuyas características especiales las hacen merecedoras de una protección especial. A nivel autonómico, las diferentes comunidades autónomas han elaborado una amplia legislación relativa a la conservación de la naturaleza. En el caso canario, la ley 12/94 de 19 de diciembre crea la Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos, estando representados los hábitats más significativos y los principales centros de biodiversidad del archipiélago. Las categorías de protección que integran la Red Canaria de Espacios Naturales son: a) Sitios de Interés Científico: definidos como lugares naturales que generalmente se encuentran aislados, suelen presentar una reducida dimensión y contemplan elementos naturales de elevado interés científico, especímenes o poblaciones animales o vegetales amenazadas de extinción o merecedoras de medidas específicas de conservación temporal. Canarias cuenta con 19 espacios protegidos con esta figura de protección. b) Paisajes Protegidos: se corresponden con la figura de protección estatal anteriormente vista, número 5. El archipiélago canario contabiliza 27 espacios con dicha categoría. c) Monumentos Naturales: son espacios o elementos de la naturaleza de dimensiones reducidas, constituidos básicamente por formaciones de notoria singularidad, rareza o belleza, siendo objeto de protección especial. Como ejemplo encontramos formaciones geológicas, yacimientos paleontológicos o elementos de la corteza terrestre objeto de un interés especial por sus valores científicos, culturales o paisajísticos. Se corresponden con la figura de protección estatal anteriormente vista, número 4. Un total de 52 espacios poseen esta catalogación. d) Reservas Naturales Especiales: espacios de dimensión moderada, cuyo objeto es la preservación de hábitats singulares, especies concretas, formaciones geológicas o procesos ecológicos naturales de interés especial y en donde no es compatible la ocupación humana ajena a fines científicos, educativos y, excepcionalmente, recreativos, o de carácter tradicional. Se corresponden con la figura de protección estatal anteriormente vista, número 2. Se contabilizan 15 espacios protegidos con esta figura. e) Reservas Naturales Integrales: su finalidad es la protección de ecosistemas, comunidades, elementos biológicos o geológicos, que por su rareza, fragilidad, representatividad, importancia o singularidad, deben ser protegidos. Se corresponden con la figura de protección estatal anteriormente vista, número 2. Son 11 espacios bajo este epígrafe los que se encuentran protegidos. f) Parques Nacionales: se corresponden con la figura de protección estatal anteriormente vista, número 1. Esta figura de protección es declarada por el Estado, siendo la gestión conjunta entre la Administración Estatal y la comunidad autónoma a través de una Comisión Mixta de Gestión. En Canarias encontramos 4 espacios con esta figura de protección. g) Parques Naturales: son aquellos espacios naturales amplios, no transformados sensiblemente por la explotación u ocupación humana y cuyas bellezas naturales, fauna, flora y roquedo, en su conjunto, se consideran muestras singulares del patrimonio natural de Canarias. Su declaración tiene por objeto la preservación de los recursos naturales que alberga para el disfrute público, la educación y la investigación científica de forma compatible con su conservación, no teniendo cabida los usos residenciales u otros ajenos a su finalidad. El Parque Natural es declarado por el Gobierno de Canarias y gestionado por el Cabildo de la isla donde esté ubicado. Un total de 11 espacios naturales se agrupan bajo esta denominación. h) Parques Rurales: se definen como espacios naturales amplios, en los que coexisten actividades agrícolas, ganaderas o pesqueras, con otras de especial interés natural y ecológico, conformando un paisaje de gran interés ecocultural que precise su conservación. Su declaración tiene por objeto la conservación de todo el conjunto y promover a su vez el desarrollo armónico de las poblaciones locales y mejoras en sus condiciones de vida, no siendo compatibles los nuevos usos ajenos a esta finalidad. Con el nombre de Parques Rurales encontramos 7 espacios naturales. Un total de 146 espacios naturales se encuentran protegidos por algunas de las diferentes figuras de la Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos, lo que no solo nos indica el importante grado de protección en el archipiélago, sino también el variado y rico patrimonio natural de Canarias.

José Ramón Colón Carvajal.

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