Primera República y modernización social

Los republicanos plantearon una verdadera alternativa democrática y social frente al modelo liberal moderado o conservador...
Erase una vez...06 de marzo de 2026 Eduardo Montagut
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5 ⁄ 36 Más detalles Dibujo alegórico de Tomás Padró publicado en La Flaca el 6 de 03 de 1873 que representa, elevada sobre un pedestal con la fecha del 11 de febrero de 1873, a la República recién proclamada como una matrona vestida con túnica clásica y el gorro frigio de la libertad. Levanta en su mano izquierda la balanza de la justicia y en la derecha sostiene las tablas de la ley en las que aparece el acrónimo "R. F." rodeado de una corona de laurel. Junta a ella el gallo que representa la tradición

Cuando abordamos el estudio de la Primera República ocurren dos cosas. Por un lado, se critica a un régimen por el supuesto caos que generó en España al finiquitar la Monarquía de Amadeo de Saboya, valorando, en contraposición, de forma positiva el régimen canovista después del episodio de la Dictadura de Serrano. Esta interpretación incide en lo conflictos y las desavenencias internas del republicanismo que se visualizaría a través de cuatro presidentes del poder ejecutivo. Por otro lado, estaría otra interpretación, más valorativa de la República, porque habría planteado una nueva forma de organización territorial frente al centralismo del liberalismo y ante el futuro desafío de los nacionalismos sin Estado.

Pero nos olvidamos que la Primera República intentó también, en tan breve espacio de tiempo, trabajar por la modernización social de la España de aquel tiempo. Eso se olvida de forma evidente, pero, a pesar de la imposibilidad de pudieran estabilizarse esos cambios, inspirarían para el futuro.

Los republicanos plantearon una verdadera alternativa democrática y social frente al modelo liberal moderado o conservador que había establecido el régimen isabelino. Estos planteamientos pueden ayudar a entender una parte de las causas del fracaso de la República en aquel momento, cuestionando mencionada la tradicional visión sobre el supuesto caos y la inestabilidad como únicos factores explicativos, y que tanto éxito ha tenido gracias a la interpretación que los sectores políticos, económicos y sociales dominantes plantearon para acabar con aquel régimen político e instaurar el de la Restauración canovista.

En las Cortes se presentaron proyectos que, sin abordar una completa reforma agraria, sí promovían cambios en la estructura de la propiedad que provocaron la alarma de los grandes propietarios. Repasemos lo que llegó al legislativo.

El 23 de junio se presentaba una proposición de reparto de tierras a censo reservativo, solicitando la no inclusión en las leyes de desamortización de los bienes propios de los pueblos. En el mes de julio se planteaba un proyecto de ley sobre venta a censo reservativo de los bienes de aprovechamiento común. A principios de agosto una proposición de ley pedía la devolución a los pueblos de los terrenos de aprovechamiento común. Esta cuestión es importante porque la desamortización de Madoz dejó a los consistorios sin uno de los pilares de las haciendas locales, y a los vecinos sin un recurso fundamental para vivir.

El 18 de agosto, por su parte, se presentaba un proyecto de ley sobre reparto a braceros de terrenos faltos de cultivo. Dos días después se aprobaba la única ley en materia agraria, la redención de foros, aunque fue derogada por Serrano en febrero de 1874. Todos estos proyectos iban en la misma línea, a favor de los campesinos y jornaleros, pero, como vemos, o no llegaron a aprobarse, o fueron derogados inmediatamente en la Dictadura posterior. La reforma agraria siguió siendo una de las grandes asignaturas pendientes, y tuvo que llegar otra República para abordarla, para luego frustrarse con la Guerra Civil. La reforma agraria siempre fue un claro motivo de enfrentamiento porque tocaba una estructura de la propiedad harto injusta, y estaría entre una de las causas del golpe del 18 de julio.

1280px-Caricatura_etapas_del_sexenio_La_Flaca_1874Las distintas “caídas” de los Borbones entre 1868 y 1931

La Primera República también se preocupó de las relaciones entre los trabajadores y los patronos. Recordemos el miedo que generó en la burguesía española la llegada de la Internacional y la reacción de la misma en tiempos de Amadeo de Saboya. El 14 de agosto se presentó un proyecto de ley sobre Jurados Mixtos que pretendía establecer un instrumento para la resolución de los conflictos laborales entre los empresarios y los obreros. Anteriormente se habían planteado algunos precedentes, pero ahora se pretendía elevar la cuestión a rango de ley y de forma general para todo el país.

El ministro de Fomento Eduardo Benot, presentó un Proyecto de Ley sobre el trabajo infantil el 25 de junio de 1873, que terminaría suponiendo el mayor éxito de signo social de la República. En el preámbulo se lamentaba porque España era el único país que no había legislado sobre el trabajo infantil. El Proyecto se discutió y se modificó en parte en el Dictamen que emitió la Comisión Permanente de Fomento el 3 de julio de ese mismo año. Si para el Gobierno los niños tenían que tener nueve años cumplidos para ser admitidos en el trabajo, la Comisión elevó un año más este requisito. En este sentido, se avanzaba menos que con la Proposición de Manuel Becerra en tiempos de Amadeo, pero bien es cierto que se mejoraron las condiciones de la jornada laboral. La Comisión defendía una jornada de un máximo de cinco horas para los niños menores de trece años y las niñas menores de catorce años, y Benot planteaba seis horas. Los chicos entre trece a quince años y las chicas entre catorces y diecisiete solamente debían trabajar un máximo de ocho horas, frente a las diez del ministro. Curiosamente, el Proyecto era más avanzado que el Dictamen en lo relacionado con la regulación del tiempo laboral de los niños para que pudieran acudir a la escuela. Para el ministro era necesario que el trabajo de los niños se organizase en dos grupos, uno en turno de mañana y otro de tarde, para que les quedara libre una u otra para ir a la escuela. Pues bien, el Dictamen suprimió esta cuestión. Al final, la Ley aprobó que las fábricas que estuviesen más a más de cuatro kilómetros de un lugar poblado debían crear una escuela primaria, aunque al final serían a cargo del erario público. El problema era que no se habían respetado los turnos para facilitar que los alumnos pudieran estudiar.

Otro cambio tuvo que ver con el trabajo nocturno. En el Proyecto se estipulaba la prohibición de este trabajo para todos los menores de diecisiete años, y el Dictamen rebajaba la edad a los chicos menores de quince años y a las chicas menores de diecisiete.

Las prohibiciones del trabajo en relación con las edades de niños y niñas, que hemos analizado, se aplicarían a cualquier tipo de fábrica, taller, fundición o mina, algo que suponía un avance en relación con lo defendido por Becerra, pero no se aplicaban a la agricultura ni al sector servicios.

Por último, se estableció la creación de jurados mixtos que vigilasen el cumplimiento de la Ley, que coincidió con el Dictamen. También la Ley obligaba a que las fábricas contasen con un botiquín y un médico-cirujano. Los jurados mixtos debían velar por las cuestiones relativas a la higiene y seguridad de los obreros a la hora de aprobar los planos de las nuevas fábricas.

Por vez primera vez se regulaba el trabajo infantil en España, antes sujeto a la voluntad de los patronos, sin casi control gubernamental alguno. Era avanzada para la época. El 24 de julio, en definitiva, se aprobó la Ley sobre protección del trabajo de los menores de dieciséis años, y dos días después se estableció la Ley sobre protección del trabajo de niños en los circos.

Pero no se cumplió, ya que murió con el fin de la Primera República. La cuestión no volvió a tratarse hasta el año 1877, ya en plena Restauración.

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