
LAS INSTITUCIONES SON LAS RESPONSABLES DEL ABANDONO DEL PATRIMONIO.

En las mismas, ponentes cualificados, destacaron la abundante riqueza del patrimonio cultural existente en Jinámar y denunciaron, reiteradamente, la dejación de funciones de las instituciones responsables de protegerlo, preservarlo y difundirlo (Ayuntamiento, Cabildo y Gobierno de Canarias). En la ponencia “Conoce tus raíces”, que clausuró las jornadas, se mostró ejemplos de que, es posible hacer mucho más para la protección y difusión del legado de nuestros ancestros, implicando a la comunidad en el intento.
El pasado 6 de noviembre, la segunda ponencia “Situación administrativa del Patrimonio”, el ponente y autor del presente artículo, dejó en evidencia la irresponsabilidad de las autoridades e instituciones que tienen las competencias recogidas en el art. 14 de la Ley 11/2019 de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias.
La Ley define en su art. 9 que hay dos niveles de protección del patrimonio: los B.I.C. y los bienes catalogables. Y en su art. 12, especifica que los instrumentos de protección son tres: El registro de los B.I.C.; el Catálogo Insular de Bienes Patrimoniales Culturales, que será elaborado y gestionado por el Cabildo y el Catálogo Municipal de Bienes Patrimoniales Culturales, que será elaborado y gestionado por los ayuntamientos.

De hecho, el Cabildo y el ayuntamiento de Telde han renegado de sus competencias legislativas en patrimonio. Se resisten a cumplir el mandato legislativo de la mentada ley de BIC, recogido en el art.16. b) y art. 17. a) de elaborar, gestionar y mantener los mencionados catálogos.
Cualquier persona tiene derecho a acceder de forma pública a los catálogos, tal y como recoge el art. 48.3, pero ya les advierto que los esfuerzos por dicha búsqueda serán en vano, porque los mentados catálogos no existen y en consecuencia los bienes de interés cultural de rango inferior a los BIC, se quedan sin protección legal.
También dice la Ley, que los catálogos formarán parte de los Planes Insulares de Ordenación (art. 39.2 de la Ley). El autor de estas líneas advierte que el esfuerzo en buscar la ubicación de los bienes catalogados de los que habla la Ley, será inútil, no los encontrará en el PIOT de Gran Canaria. Lo mismo podemos decir de los catálogos municipales de bienes culturales (art. 50.2 y art. 50.3), no existen vías telemáticas para conocerlos ni están dentro de los planes de ordenación municipal de Telde.
En el caso de los ya declarados B.I.C. por el Gobierno de Canarias, están en el más absoluto abandono. Dice la Ley en su art. 69.d, que … “la visita será pública al menos cuatro días al mes… en horas y días previamente señados”. Existen vecinos y organizaciones sociales que han querido visitar La Noria de Jinámar; la misión se hace imposible porque “está cerrada a cal y canto”, nadie sabe quien tiene las llaves, no hay información de los días visitables…
Disposición transitoria sexta de la Ley BIC, se establece un plazo de tres años desde la entrada en vigor de la misma, para elaborar dichos catálogos o adaptar los existentes a los términos de la presente ley.

Lo terrible de este tipo de actuaciones, irresponsables e ilegales de los mandatarios e instituciones al frente de nuestro Patrimonio Cultural, es que permitiendo la desaparición, el deterioro y la desprotección de nuestro legado. Y buena parte de los responsables forman parte de grupos nacionalistas (se suponen defienden las señas de identidad de la cultura canaria), y en Gran Canaria los principales responsables promueven, con muchos recursos (vete a saber tú de donde salen), una organización que se hace llamar “Primero Canarias”.
Es tremendo, que en el preámbulo de la ley actual se recoja textualmente que: “La nueva norma pretende, igualmente, resolver el problema de la inactividad de ciertas administraciones públicas a la hora de aprobar los instrumentos de protección del patrimonio cultural, generando con ello la más absoluta desprotección de los bienes que lo integran”. Esto último se especifica, porque el asunto de los catálogos viene desde la anterior Ley, de 4/1999. O sea, que hace más de 26 años que los ayuntamientos (salvo excepciones), incumplen con la protección a la que están obligados con nuestro legado. Y hace más de seis años y medio que ayuntamientos y cabildos siguen incumpliendo con sus obligaciones legales. ¿A que, se debe? ¿A rebeldía, a ineptitud, a intereses económicos, a presiones de lobbies a…? ¿A que, se debe?
En las jornadas el catedrático J.M. Santana explicó que el patrimonio no tiene voz, pero las personas que hemos heredado ese legado sí que la tienen.
Desde la organización de las Primeras Jornadas en Defensa del Patrimonio, en Jinámar, se hace un llamamiento para que la ciudadanía no de la espalda al legado recibido, porque de lo contrario nuestras generaciones futuras perderán las señas de identidad colectiva y nuestro futuro será incierto. Exijamos a las autoridades que cumplan con el deber, de proteger el patrimonio cultural. Y aquellas que no lo hagan, no nos vuelvan a tomar el pelo, apelando a señas de identidad canarias, que nunca han defendido.



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