El personal de la ONU, forzosamente al margen de elección de nuevo secretario general

NACIONES UNIDAS – Una norma vigente desde hace tiempo prohíbe a los funcionarios internacionales adoptar públicamente una postura política en contra de los Estados miembros, o incluso participar en manifestaciones políticas fuera de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Por Thalif Deen
Mundo07 de mayo de 2026 IPS Inter Press Service

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Imagen: Loey Felipe / ONU

NACIONES UNIDAS – Una norma vigente desde hace tiempo prohíbe a los funcionarios internacionales adoptar públicamente una postura política en contra de los Estados miembros, o incluso participar en manifestaciones políticas fuera de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

Y lo que es más importante, las normas también prohíben al personal de la ONU hacer campaña a favor o en contra de los candidatos a secretario general, incluida la actual carrera por el nuevo máximo jefe de la ONU.

Quizás ese sea el precio que hay que pagar —renunciar al derecho a la expresión política— cuando se es funcionario internacional. Pero, ¿merece la pena el sacrificio?

Una nueva circular dirigida al personal de la ONU, publicada el 29 de abril, reitera estas restricciones y advierte contra cualquier participación en el período previo a la elección de un nuevo secretario general a finales de este año.

«Mientras continúan las guerras y los conflictos recientes y actuales, la ONU sigue siendo indispensable como plataforma para el diálogo, los derechos humanos y la acción colectiva, y todo el personal desempeña un papel vital en este esfuerzo», indica la circular.

Y agrega: «Si bien es comprensible que muchos miembros del personal se sientan impulsados a compartir opiniones sobre los acontecimientos que se están desarrollando, incluso en foros personales como las redes sociales, debemos ser conscientes en todo momento de nuestros derechos y deberes como funcionarios internacionales, que nos exigen actuar de forma independiente e imparcial».

Esto se aplica a todas las comunicaciones públicas (incluidas las compartidas a través de cuentas personales en redes sociales) relacionadas con crisis en curso, asuntos políticos y otras elecciones y procesos electorales, que deben formularse de manera coherente con las posiciones de la ONU y las declaraciones del secretario general.

Casos recientes también han puesto de relieve la necesidad de actuar con especial cautela en lo que respecta a las expresiones públicas de apoyo a candidatos en el proceso de selección del próximo secretario general.

«Cualquier expresión de este tipo —ya sea explícita o implícita— puede percibirse como incompatible con la independencia y la imparcialidad que se exigen a los funcionarios internacionales y corre el riesgo de socavar la integridad del proceso», advierte la circular.

Recuerda «las advertencias que indican que las opiniones se expresan a título personal no nos eximen de nuestras obligaciones en virtud del Estatuto y el Reglamento del Personal. Las normas de conducta se aplican independientemente de la plataforma utilizada o de la capacidad en la que se expresen las opiniones».

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Palitha Kohona, exjefe de la Sección de Tratados de la ONU, dijo a IPS que «no cabe duda de que los funcionarios internacionales deben mantenerse al margen de las diferencias nacionales y sectarias. Es esta cualidad la que les da credibilidad a ellos y a la Organización. A veces puede resultar difícil guardar silencio ante abusos graves, y estas circunstancias plantean un dilema».

En este contexto, señaló, es fundamental tener presente el artículo 101 de la Carta de la ONU.

Durante el mandato del secretario general Kofi Annan (1997-2006), prevaleció un ambiente más relajado y se permitía al personal expresar sus opiniones dentro de sus propias áreas de responsabilidad.

«Por otra parte, uno se ve obligado a preguntarse si el personal debe permanecer en silencio cuando se violan los principios fundamentales de la Carta. Ya se trate de los derechos humanos, de la prohibición o la amenaza del uso de la fuerza, o del compromiso de vivir en paz y armonía», argumentó Kohona.

A su juicio, los dirigentes de la Organización deben proporcionar las directrices dentro de las cuales el personal pueda expresarse. «Pero no con esas vaguedades a las que cada vez estamos más acostumbrados», consideró.

«Pero ¿llegará alguna vez la dirección a llamar a las cosas por su nombre?», se preguntó Kohona, exrepresentante permanente de Sri Lanka ante la ONU y, hasta hace poco, su embajador en China.

Samir Sanbar, exsecretario general adjunto y jefe del Departamento de Información Pública (DPI), dijo a IPS: «Recuerdo haber prestado un ‘juramento de cargo’ para ejercer con toda lealtad, discreción y conciencia las funciones que se me han confiado como funcionario internacional de las Naciones Unidas».

En ese juramento, añadió, también se comprometió a «desempeñar estas funciones y regular mi conducta teniendo en cuenta únicamente los intereses de las Naciones Unidas, y no solicitar ni aceptar instrucciones en relación con el desempeño de mis funciones de ningún gobierno u otra autoridad ajena a la Organización”.

«No tengo claro si ese juramento se exige actualmente, sobre todo después de que varios exfuncionarios gubernamentales se hayan incorporado a la Secretaría», planteó.

Apoyar a un candidato concreto propuesto por un gobierno -como exige oficialmente el procedimiento- para el cargo de secretario general sería contrario a ese juramento de la función pública internacional, señaló.

Al recordar su estrecha relación personal con un exsecretario general, Sanbar dijo: «Kofi Annan fue mi colega más cercano en las Naciones Unidas, ya que comenzamos a trabajar al mismo tiempo y avanzamos juntos cuando él dirigía el departamento de Mantenimiento de la Paz y yo el de Información Pública».

«Me visitó en mi casa un domingo por la tarde», dijo Sanbar, «para informarme de su candidatura a secretario general, aunque accedió amablemente a que mis contactos con los medios de comunicación no indicaran apoyo público hasta que fuera elegido, cuando nos dirigimos a la unidad de fotografía de la octava planta para su primera foto oficial».

Por otra parte, la circular de la ONU también dice: «Nosotros, como miembros del personal, debemos adherirnos a las políticas establecidas en el Estatuto, los derechos y deberes básicos de los miembros del personal de las Naciones Unidas; actividades externas. Las directrices para el uso personal de las redes sociales también incluyen una serie de consejos útiles, entre ellos sobre la configuración de la privacidad, dar «me gusta» o compartir publicaciones, y recordatorios sobre información que no se ha hecho pública».

En particular, el artículo 1.2 (f) del Estatuto del Personal establece: «Si bien las opiniones y convicciones personales de los funcionarios, incluidas sus convicciones políticas y religiosas, son inviolables, los funcionarios se asegurarán de que dichas opiniones y convicciones no afecten negativamente a sus funciones oficiales ni a los intereses de las Naciones Unidas».

«Se comportarán en todo momento de manera acorde con su condición de funcionarios internacionales y no participarán en ninguna actividad que sea incompatible con el correcto desempeño de sus funciones en las Naciones Unidas», indica a continuación.

Y añade: «Evitarán cualquier acción y, en particular, cualquier tipo de declaración pública que pueda repercutir negativamente en su condición, o en la integridad, independencia e imparcialidad que exige dicha condición».

La «Guía sobre actividades políticas de 2026», publicada en iSeek por la Oficina de Ética de las Naciones Unidas, ofrece más orientación.

«Nosotros, como miembros del personal, estamos obligados a cumplir estas disposiciones. El incumplimiento de las mismas puede dar lugar a la incoación de un proceso disciplinario, que puede resultar en la imposición de sanciones disciplinarias», indica.

Y agrega: «Teniendo en cuenta lo anterior, tenga también en cuenta que, de conformidad con la norma 10.1 del Reglamento del Personal, el incumplimiento por parte de los funcionarios de las obligaciones que les incumben en virtud de la Carta de las Naciones Unidas, el Estatuto y el Reglamento del Personal u otras disposiciones administrativas pertinentes, o el incumplimiento de las normas de conducta que se esperan de un funcionario internacional, puede constituir una falta y dar lugar a la incoación de un proceso disciplinario y a la imposición de medidas disciplinarias por mala conducta».

Además, el personal afiliado (que no forma parte de la plantilla), incluidos los voluntarios, también debe cumplir los principios establecidos en los términos y condiciones de su contratación, así como las instrucciones administrativas que rigen su modalidad de contratación.

«Este recordatorio se emite con el fin de proteger tanto a los miembros del personal como a la Organización, y para garantizar que las Naciones Unidas sigan siendo percibidas como una institución imparcial y de confianza por los Estados Miembros y el público», reafirma la circular del 29 de abril.

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