
Metecos: extranjeros en Grecia

Imagen: LennieZ - CC BY-SA 3.0 Wikipedia
Vista general de la Acrópolis de Atenas. Destaca el Partenón. A la izquierda, el Erecteion.
La cuestión de la extranjería siempre ha sido muy regulada en la Historia, relativa a la entrada, salida y presencia de los extranjeros en un territorio nacional. Se conoce como derecho de extranjería. Así pues, también existe el concepto de extranjería, que es la cualidad y condición del extranjero, y que no implica las mismas obligaciones y derechos que un nacional, aunque también existan otros que sí, dependiendo también de los acuerdos entre los países, como ocurre en el seno de la Unión Europea, que reconoce a los extranjeros comunitarios más derechos que a los extranjeros extracomunitarios.
Si hacemos historia, que es nuestro trabajo, ya en la Biblia se hablaba de forasteros y de la necesidad de que fueran tratados de forma justa. Los griegos serían los primeros que regularon claramente la extranjería.” Los extranjeros eran los metecos, que vivían en una ciudad-estado helena. No debe entenderse el término desde una perspectiva negativa o como un concepto peyorativo. No eran ciudadanos con los derechos de los mismos, pero como les ocurría también a las mujeres, los esclavos y los libertos.
Los metecos debían pagar un impuesto especial y no podían ser dueños de propiedades inmobiliarias, aunque algunos metecos obtuvieron privilegios en estas cuestiones económicas. En Atenas hubo metecos muy ricos, que disfrutaron de posiciones acomodadas siendo extranjeros.
Al no ser ciudadanos los metecos no tenían derechos políticos, pero sí tenían obligaciones fiscales. Muchos de los metecos en las polis griegas se dedicaban a la artesanía y, especialmente, al comercio y las finanzas.
Los griegos, como ocurría en todo lo relacionado con la política, es decir con el gobierno de la polis, fueron muy sofisticados a la hora de regular todos los aspectos del derecho que tenía que ver con las personas. En este sentido, diferenciaban claramente la figura del extranjero residente del de paso. Los primeros tenían derechos y obligaciones, como hemos visto, pero los otros no.
Los metecos que consideraban que se lesionaban derechos o tenían problemas podían acudir a las instituciones. En este sentido, se creó la figura del próxeno, es decir, el que actuaba en favor del extranjero, y representaba los intereses de otra polis y de sus ciudadanos, es decir, casi como un cónsul en nuestro derecho internacional actual. Los próxenos, con honores y privilegios, eran nombrados por la ciudad que debían representar, pero no solían ser ciudadanos de la polis que les nombraba sino de la suya propia y donde desempeñaban sus funciones. Todo lo relacionado con su trabajo también fue regulado en los denominados decretos de proxenía, y que tienen su origen en los vínculos de hospitalidad entre particulares, y que en Grecia se denominaba xenía.
No era infrecuente que dos polis estableciesen tratados bilaterales de hospitalidad. Así, un extranjero de paso podía convertirse en meteco, es decir, con derechos, al cabo de un mes de residencia, por ejemplo.
En Grecia las expulsiones de metecos no eran muy frecuentes, precisamente por ese derecho de hospitalidad, y no era raro que un meteco en Atenas terminara viviendo toda su vida en la polis. Pero también hubo expulsiones generales de extranjeros, como ocurría en Esparta. Las expulsiones tienen que ver la xenelasia, un derecho que prohibía a los extranjeros y viajeros entrar o estar en una polis o territorio, y que se dio en Grecia y luego en Roma. La xenelasia tenía mucho que ver con lo que nosotros conocemos como xenofobia, y se aplicaba a forasteros cuando se creía que su presencia afectaba a su economía o por cuestiones políticas al considerar que eran seguidores de enemigos o adversarios políticos.



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